MUNICIPIO INAUGURA MEJORAMIENTO DE BANDEJÓN
CENTRAL Y CICLOVÍAS EN COSTANERA NORTE
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El proyecto intervino cerca de 9 kilómetros
entre la rotonda de Pedro Aguirre Cerda y Sargento Aldea
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Se instalarán luminarias con tecnología LED en
Avenida Pérez Zujovic entre calle Tamarugal y Oficina Ausonia
Una renovada imagen luce la Costanera Norte, gracias al proyecto de
conservación y consolidación del bandejón central y de la ciclovía existente en
la Avenida Pérez Zujovic en el sector norte de la ciudad.
El proyecto intervino
cerca de 9 kilómetros de extensión desde la rotonda Pedro
Aguirre Cerda y la calle Sargento Aldea, trabajos que tuvieron un
financiamiento superior a los 627 millones de pesos aprobados por el FNDR, con
el objetivo de revitalizar, entregar mayor seguridad y cambiar la imagen de
este importante sector de la ciudad que constituye el ingreso norte de
Antofagasta.
“Es una obra de suma importancia porque refuerza el
trabajo estratégico que hemos desarrollado en esta administración que tiene que
ver con la reactivación y mejoramiento de los espacios públicos”, precisó Dante
Novoa, Secretario Comunal de Planificación.
Afirmó que los trabajos de mejoramiento estipularon
una diagramación en el bandejón, el que otorga un importante atractivo visual, ya que cada
cuadrícula está confeccionada con pintura epóxica, la que asegura mayor
durabilidad. En total son 46 mil metros cuadrados que se
mejoraron en el borde costero del sector norte y se instalaron 24
basureros a lo largo de la avenida para preservar el aseo y la limpieza.
“Incluimos una mayor obra que tuvo que ver con la
intervención de cuatro puntos muy precisos en este tramo que sufrieron daño
costero producto de las lluvias que se generaron el año pasado. Tratamos de
generar una intervención bastante integral”, agregó Novoa.
Recordemos que cuando se construyó esta
infraestructura de parte del MOP en el 2007, las obras de hermoseamiento
quedaron inconclusas.
Respecto a la
iluminación, Novoa agregó que “mejoramos el estado de las luminarias. Se aplicaron sistema de protección
de púas para evitar que las aves se posen y ensucien estas luminarias”.
LUMINARIAS
Como parte de un segundo proyecto, se dispuso de 300 millones de pesos
para financiar la instalación de 104 luminarias públicas con tecnología LED en
la ciclovía de la Costanera Norte en Avenida Pérez
Zujovic entre calle Tamarugal y Oficina Ausonia, proyecto que se
encuentra en proceso de licitación y que en su primera etapa involucra la intervención
de dos kilómetros; obras se iniciarían durante el segundo semestre de este año.
COMIENZAN LOS
SEMINARIOS DE DISEÑO TEATRAL EN ANTOFAGASTA
Continuando con los Seminarios que la cantante lírica
Paulette L’Huissier ofrece para capacitar al diverso público de la ciudad de
Antofagasta y sus alrededores en la materia de canto, teatro y escénica, nos
encontramos con la oportunidad de aprender
el hermoso oficio del diseño teatral, que consiste en capacitar a los
estudiantes para concebir, proyectar y materializar los elementos visuales que
componen la escena y así poder crear los implementos necesarios para darle vida
a la obra.
Iniciativa
financiada mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes,
Fondart Regional, convocatoria 2016.
El seminario será impartido por el
maestro honorario Victor Villavicencio, donde se tocarán temas como las artes de
la visualidad teatral y elementos de escenografía, vestuario, iluminación,
utilería y maquillaje, conocimientos
que Villavicencio ha obtenido gracias a una vida dedicada a crear el ambiente
necesario para que los actores puedan desempeñar su ardua labor.
Villavicencio ha recorrido escenarios
desde nuestro país hasta Venezuela, entre los diseños más destacados están “Madame
Buterfly” (Antofagasta) y
“Marburg” del Grupo Actoral Dram-ON.
El maestro dará clases presenciales
como virtuales, las clases presenciales se llevarán a cabo los días 28 y 29 de
septiembre y los días 15 y 16 de noviembre, lugar por confirmar.
Mientras que los seminarios de
carácter virtual se llevarán a cabo en las siguientes fechas:
Miércoles 29 de septiembre
Miércoles 5 y 19 de octubre
Miércoles 2 y 23 de noviembre
Les recordamos a todos los
participantes e interesados que estos seminarios se dictan de manera gratuita y
las inscripciones son en www.lawebdepaulette.com o enviar tus datos a seminariopera@lawebdepaulette.com,
para más información consultar en seminariopera@lawebdepaulette.com.
“Sabemos
que esta ciudad y toda la región está llena de grandes y bellos talentos,
queremos conocerlos y ponerlas en valor invitándolos a participar en estas
oportunidades para desarrollar este hermoso género musical” nos invita a
participar cordialmente Paulette L’Huissier, quien es la encargada de este
Proyecto.
AGRUPACIÓN CULTURAL
AMIGOS DE LA ÓPERA ANTOFAGASTA
Mujeres
indígenas exponen en Santiago productos propios de esta zona
* El
Día Internacional de la Mujer Indígena recuerda la muerte de Bartolina
Sisa, quien fue asesinada a manos de los conquistadores españoles en 1782 al
abogar por el restablecimiento de los derechos de los pueblos aymara y quechua.
Tres representantes de las culturas originarias de la región de
Antofagasta viajaron a Santiago para participar en la quinta versión de la Expo
Feria de las Mujeres Emprendedoras Indígenas, con motivo de conmemorar cada 5
de septiembre el Día Internacional de las Mujeres Indígenas.
La elección de las emprendedoras locales estuvo a cargo del
Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género y de la Conadi de esta
zona, en colaboración con la Corporación de Cultura y Turismo de Calama.
Ellas son Elena Tito Tito, quien expuso productos de artesanía y
alfarería, Toribia Chambe Chambe, con prendas de vestir y telares de piso y
Eufemia Pérez Yufla, quien llevó infusiones de té de zanahoria, mermeladas y
otros alimentos propios de la localidad de Lasana.
“Esta es una fecha significativa, porque recordamos la trágica
muerte de una mujer que luchó contra el dominio español en la época de la
conquista y a través de su legado destacamos una cultura que se niega a
desaparecer, que ha perdurado a través del arte, el vestuario o el idioma que
vienen a enriquecer la diversidad de nuestra idiosincrasia”, señaló la
Directora Regional del Sernameg, Viviana Ramírez Páez.
La actividad, que fue realizada entre el 2 y 4 de septiembre y
que fue organizada por la Conadi, el Sernameg y la Municipalidad de
Providencia, tuvo como objetivo rescatar en valor histórico y cultural de las
agrupaciones indígenas a lo largo del país, razón por la cual asistieron más de
80 productoras de diversos artículos y servicios, cincuenta por ciento de las cuales provino fuera de la
región metropolitana.
“La puesta en valor del
patrimonio de Calama es una línea trasversal que se ha estado trabajando
fuertemente este último tiempo desde el municipio loíno y sus corporaciones. Es
por ello que destacamos el trabajo constante que ellas realizan durante todo el
año, en ferias, eventos, muestras y valoramos por supuesto la oportunidad que
se les brinda pues potencia su proyección como artesanas y a la vez permite que
nuestra comuna sea conocida por su rico patrimonio a nivel país”, afirmó la
Directora Ejecutiva de la Corporación de Cultura y Turismo, Alejandra
Zuleta Rodríguez.
Otro de los objetivos de la actividad se basó en que las productoras
establecieran alianzas con otras emprendedoras, a fin
de generar redes de comercialización sustentables de sus artesanías.
CAMPEONATO
ADULTOS DE SELECCIONES 2016
FASE CLASIFICATORIAS REGIONALES
RESULTADOS
Y TABLAS DE POSICIONES
HASTA
LA 3ª FECHA
Primera Fecha:
El Ancla -2-
L. Durandeau -1-
Mejillones -2- Chuquicamata
-2-
Tocopilla -1-
Taltal -1-
Segunda Fecha:
El Ancla -3- Mejillones -2-
Chuquicamata -1- Tocopilla
-3-
L. Durandeau -4-
Taltal -2-
Tercera Fecha:
Taltal -5-
Chuquicamata -1-
Mejillones -0- L. Durandeau -1-
Tocopilla -4-
El Ancla -0-
TABLA DE POSICIONES
SELECCION PUNTOS PJ PG PE PP GF GC DIF
1º Tocopilla 7 03 02 01 00 08 02 +6
2º L. Durandeau 6 03 02 00 01 06 04 +2
3º El Ancla 6 03 02 00 01 05 07 -
2
4º Taltal 4 03 01 01 01 08 06 +2
5º Mejillones 1 03 00 01 02 04 06 -
2
6º Chuquicamata 1 03 00 01 02 04 10 -
6
ASOCIACION REGIONAL DE FUTBOL 2ª. REGION ANTOFAGASTA
·
Hasta el
13 de septiembre permanecerá abierta la exposición central de la Semana de Arte
Contemporáneo SACO5 en el Muelle Histórico Melbourne Clark de Antofagasta.
·
Público
de todas las edades y en diversos horarios han visitado la muestra.
·
Seis
artistas y tres curadores son parte de la propuesta que presenta SACO en su
quinta versión.
·
SACO5 es
un proyecto del Colectivo SE VENDE, presentado por Minera Escondida, operada
por BHP Billiton y financiado en la Línea Especial de Financiamiento por el 2%
FNDR Cultura 2016 del CORE Antofagasta.
A partir de
la necesidad de compartir con el público las reflexiones planteadas por los
exponentes internacionales, es que el equipo de las visitas guiadas analiza la
manera en que la audiencia está descifrando los mensajes provenientes de la
exposición “One way ticket”, la propuesta curatorial de la Semana de Arte
Contemporáneo que se encuentra abierta para toda la comunidad en el Muelle
Histórico de Antofagasta.
Un público
de todas las edades, cursos enteros de diversos liceos y colegios de la capital
minera de Chile han llegado en gran número para conocer las creaciones de los
artistas internacionales que se internaron en diversas interrogantes para
ejecutar estas obras, que en muchas ocasiones, son reflexionadas por la gente
que visita la muestra.
Recordemos
que las obras instaladas en el lugar, fueron creadas y debatidas por los
artistas emigrantes Ángel Delgado (Cuba/EE.UU.); Bogdan Achimescu
(Rumania/Polonia); Paula Quintela (Chile/Australia); Alicja Rogalska
(Polonia/Inglaterra); Teresa Solar (Egipto/España) y Francois Bucher
(Colombia/Alemania). Y los curadores Flavia Introzzi (Argentina/España); Krzysztof
Gutfranski (Polonia) y Marisa Caichiolo (Argentina/EE.UU.).
Un trabajo
que da cuenta del contacto del espectador con la obra, una conexión directa que
el contexto de estar en un Muelle Histórico muy transitado, resalta aún más las
creaciones de los artistas internacionales.
Recordemos
que la exposición permanecerá abierta para toda la comunidad hasta el martes 13
de septiembre. Los horarios para visitarla son de lunes a domingo de 10:00 a
20:00 horas, teniendo visitas guiadas para todo tipo de público.
VISITAS
Según los
jóvenes guías que diariamente que reciben al público en el Muelle Histórico, los
asistentes mantienen una frecuencia constante de ingreso, depositando la
atención en “Monumento a las Víctimas del Capitalismo”, obra de Alicja
Rogalska, que monta un stand incluyendo una performance muy llamativa ejecutada
por la actriz colombiana, Rafaela Castro, la cual recolecta monedas en un tótem
transparente, para posteriormente invitar a los donantes a dejar un mensaje en
el libro de registro.
“La gente
toma un buen camino, aporta con excelentes dibujos, de extranjeros y chilenos,
hay otras personas que no se interesan en el capitalismo, pero sí en conocer
más, también llegan grupos que no saben de esto, vienen al Muelle para cazar
pokemones y se encuentran con nosotros, son muy abiertos, y expresan ideas
críticas del sistema. Además, lo que propone Alicja es más renovador para el
público, al tener ‘vida’ esta obra, se interactúa conmigo de modo sereno,
tranquilo, entonces este personaje tiene de mí, y conduce la potencia de la
obra” afirmó Rafaela Castro, performer de
“Monumento a las Víctimas del Capitalismo”.
MONTAJES
Las
propuestas de SACO matizan entre materialidades, formas de montaje y
dimensiones discursivas, y poseen una curatoría que genera un recorrido,
haciendo que la guía atienda los aportes hechos por la comunidad.
A
propósito de la contribución del espectador, se evidencia que para la obra “En
Tránsito” de Paulina Quintela, existe una cercanía entre las imágenes
estampadas en las almohadas y el pasado nostálgico de los visitantes.
Ejemplo de las
diferentes apreciaciones o consultas que surgen, es la instalación “Fata
Morgana, paisaje cairota” de Teresa Solar, donde los invitados consultan si es
que habrá un espectáculo, o por si existe la posibilidad de ir cambiando la
música del panorama sonoro.
El actor y guía de
SACO5, Miguel Ángel Ceballos, comenta que para la primera semana de exhibición
de la muestra el proceso de mediación ha sido intenso, agregando que “al
público en general le causa expectación y dudas, pues siendo arte contemporáneo
tenemos que contextualizar las obras entregando una base con el objetivo que la
gente vea algo más allá de lo físico o visual, por lo tanto el espectador al
conocer el motivo de la muestra valoriza e interpreta, apreciando”.
INTERVENCIONES
Las visitas
guiadas se desarrollan a través de un recorrido por los distintos sectores del
recinto expositivo. En las guías se ilustran las intervenciones entregando
datos claves sobre la identidad de las obras, siguiendo un recorrido apoyado a
través de distintos mecanismos de presentación.
El análisis
consiente y documentado de las manifestaciones artísticas, es un conducto para
la enseñanza del lenguaje visual, y está resultando en instancias individuales
o colectivas, sin importar el género, el rango etario o la nacionalidad de los sujetos.
Bajo este prisma,
“Barco de solo ida” de Johannes Pfeiffer, “Hermitage” de Bogdan Achimescu, y
“Destino Soñado” de Ángel Delgado, ante el público establecen vínculos y
diálogos en torno a una propuesta visual que educa, consiente, o evoca la
delicadeza, profundidad y sentido de superación que hay detrás de cada
migrante.
SACO5 es un
proyecto del Colectivo SE VENDE, presentado por Minera Escondida, operada por
BHP Billiton y financiado en la Línea Especial de Financiamiento por el 2% FNDR
Cultura 2016 del CORE Antofagasta. Apoya Corporación Cultural PAR, que
administra el Muelle Histórico. Media Partners: El Mercurio de Antofagasta, El
Mostrador, Arte al Límite, Antofagasta TV, Radio Bío Bío, CP Comunicaciones e
InformArte.cl.
5ª SEMANA DE ARTE CONTEMPORÁNEO | Muelle Histórico Melbourne Clark,
Antofagasta Chile - 2016| INAUGURACIÓN: 25
de agosto | RESIDENCIAS: del 18 al
28 de agosto | EXPOSICIÓN: del 25
agosto al 13 de septiembre
PRENSA | REGIONAL: 569 84204123 | prensa@cpcomunicaciones.cl
| NACIONAL E INTERNACIONAL Y NACIONAL| Carla
Wong: carla@agenciasangre.cl
Gonzalo Medina: gomedina1987@gmail.com
Determinación está en manos del Ministerio de Justicia
Cámara Baja aprobó proyecto de diputada Hernando para ampliar facultades de la Notaría Pública de Mejillones
Parlamentaria representó a sus pares la distancia que debe recorrer la ciudadanía hasta Antofagasta para realizar sus trámites legales
Un proyecto que solicita al poder ejecutivo el aumento de las facultades de la Notaría Pública de Mejillones a las de Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial aprobó la Cámara de Diputados, considerando el persistente proceso de explosión demográfica vivida por la comuna portuaria. La medida fue presentada por la diputada Marcela Hernando (PR), como una manera de contribuir a mejorar el acceso a los servicios del Estado a los mejilloninos.
Distancia
“Lo que hemos pedido es que al notario de la ciudad de Mejillones se le amplíen las facultades y que pase a cumplir estas funciones. Eso es lo que le estamos solicitando al ministerio de Justicia. No significa ningún gasto, solamente ampliar las facultades, y el notario ya está”, aclaró la legisladora, señalando que los habitantes de la comuna deben recorrer hasta 130 kilómetros para completar sus diligencias formales.
Desarrollo
En la fundamentación de su iniciativa, Hernando explica que las características de la bahía y los terrenos adyacentes al Puerto de Mejillones constituyen una de las instalaciones portuarias e industriales más atractivas de la costa pacífico de América del Sur, lo que proyecta un desarrollo continuo de las exportaciones y el tráfico marítimo con un término definitivo previsto para entre 40 y 50 años más aproximadamente.
“Hay una cantidad mínima de trámites que tienen que ser garantizados cuando hablamos de una ciudad, de un municipio, sobre todo cuando ya tienen más de 15 mil habitantes y un crecimiento de la zona industrial y empresarial que justifica también una serie de demandas no sólo de las empresas sino que también de los trabajadores de todos los servicios que hacen su vida en la comuna”, aseveró la congresista en su intervención en sala a favor del proyecto.
Acceso a servicios
Hernando, quien es parte de la Comisión de Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación y de la Cámara Baja, recordó que el aislamiento es un fenómeno que viven varias comunas de la Región de Antofagasta. “En San Pedro de Atacama tenemos notario hace menos de un año, y eso es para que la ciudadanía se dé cuenta de lo que cuesta y de lo que significa vivir en ciudades alejadas, donde a veces hay una Municipalidad, Carabineros, una escuela y sería todo”, manifestó.
Importantes compañías participarán de II Versión del Festival Identidades
Ciclo Infantil es la sorpresa de esta nueva versión
· El Festival es presentado por Minera Escondida, operada por BHP Billiton y financiado por el Gore de Antofagasta, con recursos FNDR 2% Cultura 2016.
· Este encuentro se desarrollará entre el 11 al 30 de octubre en diversas localidades como Antofagasta, Mejillones, San Pedro de Atacama, Chiu-Chiu, Ollagüe y Calama.
Seminarios con convocatorias a nivel regional y nacional, presentaciones dedicadas exclusivamente a niños y toda la familia, giras por gran parte de la Región de Antofagasta, residencias y trueques… propuestas increíbles son las que nos trae la II Versión del Festival Internacional de Artes Escénicas en el Desierto de Atacama - Identidades 2016, “Un encuentro con las culturas del mundo”, desde el 11 al 30 de octubre.
En el lanzamiento realizado en la Biblioteca Regional, la Corporación Cultural La Huella Teatro hizo la presentación oficial de las compañías que participarán de esta versión y que realizarán giras por Antofagasta, Mejillones, San Pedro de Atacama, Chiu-Chiu, Ollagüe y Calama, teniendo este año una propuesta pocas veces vista como “Identidades Niños”, ciclo dedicado al público infantil y que podrá disfrutar de obras increíbles para pequeños de todas las edades.
PRESENTACIONES
Partamos nombrando a la compañía “Timbre 4” de Argentina. Considerada una de las agrupaciones más importantes y de teatro contemporáneo del vecino país, presentará la obra “La Omisión de la Familia Coleman”, el viernes 14 y sábado 15 de octubre (ambas a las 21:00 horas) en Antofagasta, específicamente en una gran Carpa Teatro que estará ubicada en la explanada del Ferrocarril Antofagasta (FCAB).
Luego será el turno de la aplaudida y reconocida compañía nacional “La Patogallina”, quienes están celebrando 20 años de trayectoria, llevarán a escena “El Húsar de la Muerte”. Sus presentaciones comenzarán el viernes 21 en la Plaza de Mejillones (21:00 horas) y luego el sábado 22 (21:00 horas) en la Carpa-Teatro en Ferrocarril Antofagasta.
IDENTIDADES NIÑOS
En “Identidades Niños”, habrá en escena creaciones de diversas compañías que girarán por toda la región. Un nueva programación para pequeños de todas las edades, e incluso de la primera infancia y para quienes nunca habían tenido la experiencia de apreciar una obra teatral.
Una de ellas es la compañía Circo Pacheco Kaulen Hermanos, una agrupación chileno-francesa que presentará “Ursaris: El último encantador de osos”. Su gira comienza el sábado 15 a las 17:00 horas en la Carpa-Teatro en Ferrocarril Antofagasta, para luego trasladarse el domingo 16 a las 12:00 horas a la Plaza de Mejillones.
Las presentaciones continuarán con la compañía nacional Teatro de Ocasión con el montaje “El viaje redondo”, el viernes 21 a las 17:00 horas en la Sala Licancabur de Fundación Minera Escondida.
La compañía chilena Oani de Teatro, con vasta trayectoria internacional se hará presente con el montaje “Afuera y Sabiduría”, con una gira que los tendrá el sábado 22 en la Plaza Colón de Antofagasta, para luego trasladarse a Chiu-Chiu el miércoles 26, a Calama el jueves 27, San Pedro de Atacama el sábado 29 y cerrando en Ollagüe el domingo 30.
La compañía antofagastina y anfitriona del Festival Identidades, La Huella Teatro, también tendrá un espacio para estrenar su obra “Wukong, el gran viaje del Rey Mono”.
Las actuaciones serán el jueves 27 en Calama, sábado 29 (20:00 horas) en el Gimnasio Municipal de San Pedro de Atacama y luego el domingo 30 en el Gimnasio techado de Chiu-Chiu.
INVITACIONES GRATUITAS
Para todas estas presentaciones se entregarán invitaciones gratuitas en todas las ciudades donde habrá montajes. Estos serán Biblioteca Regional en Antofagasta, Centro Cultural en Mejillones y la Fundación de Cultura y Turismo de San Pedro de Atacama. El retiro de éstas partirán la primera semana de octubre.
Para Alejandra Rojas, Directora del Festival Identidades, “llegar a este segundo año de Identidades ha sido un gran desafio y por ello estamos felices de dar a luz esta segunda versión 2016 porque creemos que es necesario reunirnos, confrontar y dialogar con la comunidad desde el arte escénico y más aún cuando Identidades busca generar alianzas a nivel nacional e internacional”.
Agregó que “este año los más pequeños serán uno de nuestros grandes protagonistas, incorporando el ciclo ‘Identidades Niños’, una programación que contiene montajes para toda la familia incluyendo a la primera infancia. Nos interesa motivar a las nuevas audiencias y a quienes tal vez asistirán por primera vez al teatro. Invitamos a todos a ser parte de la segunda versión de Identidades 2016, a este encuentro con las culturas del mundo”.
Por su parte, Patricio Vilaplana, Vicepresidente de Asuntos Corporativos de Minera Escondida, operada por BHP Billiton, indicó que “el Festival Identidades forma parte de una alianza de largo plazo con la Corporación La Huella Teatro que ha permitido la materialización de diversos proyectos de gran relevancia. En ese sentido, quisiera destacar el crecimiento y desarrollo logrado en estos 10 años de trayectoria. Sabemos que ha sido un trabajo permanente y sistemático que ha dado sus frutos”.
RESIDENCIAS Y SEMINARIOS
El Festival Internacional Identidades también es un espacio para el trabajo con compañías regionales, agrupaciones teatrales y también quienes estén interesados en las artes escénicas, es por ello que las compañías participantes efectuarán diversas residencias y seminarios en cada lugar que visiten, teniendo una convocatoria a nivel regional y nacional para participar en estas iniciativas.
Serán encuentros de gran relevancia artística, partiendo con “Timbre 4” de Argentina justamente en la Carpa-Teatro en Antofagasta (entre el 11 y 12 de octubre); la compañía “La Patogallina” realizará el seminario: “Teatro de calle & teatro popular” en Mejillones y Antofagasta (entre el 18 al 20 de octubre); la compañía Circo Pacheco Kaulen Hermanos ejecutará una residencia en Antofagasta y Mejillones (entre el 15 y 16 de octubre) y la compañía nacional Teatro de Ocasión hará lo propio en Antofagasta (entre el 21 y 22 de octubre).
Los seminarios continuarán con la compañía Oani de Teatro, quienes ejecutarán residencias en Antofagasta, Chiu-Chiu, San Pedro de Atacama, Ollagüe y Calama (entre el 22 al 30 de octubre), terminando con La Huella Teatro en Calama, San Pedro de Atacama y Chiu-Chiu (entre el 25 al 27 de octubre).
Las compañías y actores que deseen participar, podrán hacerlo contactándose a la producción del Festival a través del correo identidadesfestival@gmail.com
TRUEQUES
Otra de las instancias de gran valor artístico y social, son los denominados “Trueques”, donde cada compañía comparte, interactúa y vive con diversas comunidades y poblaciones de cada localidad que visita.
Es por ello que cada compañía aprovechará la instancia luego de ejecutar en sus fechas de presentaciones de seminarios, residencias y presentaciones, para reunirse con grupos de personas que aprenderán de artes escénicas y además se intercambiarán experiencias de los oficios e historias de vida de la propia gente. Éstas se ejecutarán en diversos puntos de la región, tanto en caletas, campamentos y también poblaciones de la zona.
Este Festival es presentado por Minera Escondida, operada por BHP Billiton, acogido a la Ley de Donaciones Culturales, financiado por el Gobierno Regional de Antofagasta, con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional FNDR 2% Cultura 2016, aprobados por el Consejo Regional de Antofagasta.
Más información en:
SPOTS
SPOT CAFE 1: https://vimeo.com/181513672
SPOT CAFE 2: https://vimeo.com/181514009
SPOT ALEJANDRA FINAL: https://vimeo.com/18151 3344
SPOT COMPAÑÍAS: https://vimeo.com/1 81514539
SPOT OSO MOTO: https://vimeo.com/181673 775
IDENTIDADES
II FESTIVAL INTERNACIONAL DE ARTES ESCENICAS EN EL DESIERTO DE ATACAMA 2016
Orquesta Sinfónica de Antofagasta realizará un homenaje a Chile
El Séptimo Concierto de la Temporada 2016 de este viernes 9 de septiembre a las 20:30 horas, tendrá como invitados a la violinista Frida Ansaldi y la agrupación Santiago 4.
A solo días de la increíble presentación de la Orquesta Sinfónica el viernes pasado, ahora será el turno del Séptimo Concierto denominado “Homenaje a Chile: Concierto para violín y neofolclore”. La cita es el viernes 9 de septiembre a las 20:30 horas en el Teatro Municipal de la Corporación Cultural de Antofagasta.
En esta ocasión, la agrupación dirigida por Christian Baeza González tiene como invitados solistas a la violinista Frida Ansaldi y a la agrupación musical Santiago Cuatro.
Será un recorrido por las creaciones de Violeta Parra, Víctor Jara, Patricio Manns, Chito Faró y Willy Bascuñán, entre otros, en un marco perfecto para apreciar música chilena y grandes creadores que pasaron a la historia por su aporte a la música criolla.
Quienes deseen asistir a esta importante cita con la música nacional como parte de las celebraciones de Fiestas Patrias, les contamos que las invitaciones tipo postales coleccionables se entregan en el mismo recinto de calle Sucre 433 de 8:30 a 13:00 y de 15:30 a 20:00 horas.
La Temporada 2016 de la Orquesta Sinfónica está acogida a la Ley de Donaciones Culturales gracias al aporte de Minera Escondida, operada por BHP Billiton.
Una propuesta que es apoyada por nuestra Corporación y se ejecuta a través de políticas instauradas por su Presidenta del Directorio, la Alcaldesa Karen Rojo Venegas en conjunto con el Directorio de la CCA y que buscan fortalecer e integrar la industria cultural de la ciudad.
Más información y detalles puede seguirnos en la página www.culturantofagasta. cl y en las redes sociales como Facebook: Cultura Antofagasta, Youtube: CCAFTA, Flickr: Cultura Antofagasta, Twitter: @Culturaafta e Instagram: Culturaafta
Apachekta
participará en despedida de Tito Fernández de los escenarios
La agrupación
liderada por el cantautor Edie Jiménez participará del último concierto del
gran Tito Fernández, quien tendrá una última y única función en Antofagasta.
Como parte del gran espectáculo que
ofrecerá el cantautor Tito Fernández, en su despedida de los escenarios, es que
la agrupación Apachekta, participará de este gran encuentro musical en el Teatro
Municipal de Antofagasta, este sábado 10 de septiembre a las 21:00 horas.
La agrupación que lidera Edie Jiménez
montará el espectáculo “Mi voz, un eco de tu canto”, con diversas creaciones
propias de esta agrupación que ha dado que hablar en la escena antofagastina,
no solo en la calidad musical, sino también transformándose en una productora
que ha traído a connotados artistas a la ciudad.
HISTORIA
El nombre del grupo local significa
“Punto de encuentro”, una piedra muy simbólica, cuyo significado es muy místico
y consistente para el nombre del grupo.
Una agrupación que tiene gran
experiencia en todo tipo de lugares, compartiendo escenario con Sol y Lluvia,
Quilapayún, Inti Illimani Histórico, Los Jaivas e Illapu, siendo todo un
referente en la música regional.
Quienes deseen asistir pueden ya
adquirir las entradas que tienen un costo de $20.000 (VIP); $15.000 (Platea
Baja) y $10.000 (Platea alta), éstas ya se encuentran disponibles en la oficina
de Finanzas del Teatro Municipal de 8:30 a 13:00 y de 15:30 a 19:00 horas.
Una propuesta traída por Apachekta
Producciones y que es apoyada por nuestra Corporación y
se ejecuta a través de políticas instauradas por su Presidenta del Directorio,
la Alcaldesa Karen Rojo Venegas en conjunto con el Directorio de la CCA y que
buscan fortalecer e integrar la industria cultural de la ciudad.
Más información y detalles puede
seguirnos en la página www.culturantofagasta.cl y en las redes sociales
como Facebook:
Cultura Antofagasta, Youtube: CCAFTA, Flickr:
Cultura Antofagasta y
en Twitter: @Culturaafta.
Diputada Hernando expuso moción parlamentaria que busca unificar diversas normas
Comisión de Salud inició discusión legislativa para una Ley de Salud Mental
En Chile se consagra el derecho a la integridad psíquica y a la protección de la salud. Sin embargo, en la práctica no se respetan los derechos de las personas con problemas de Salud Mental y no existe una legislación específica sobre salud mental.
Comenzó la discusión legislativa en la Cámara de Diputados para que Chile cuente con una Ley de Salud Mental. Hoy existen diversas normas que hacen que la poca regulación que existe se encuentre dispersa, en vez de consagrar el derecho que tienen los ciudadanos a una atención de su integridad psíquica, como parte de la protección de su salud.
Unificación legal
La diputada Marcela Hernando (PR), fue una de las expositoras en la Comisión de Salud de la Cámara, que comenzó a tramitar dos mociones de la parlamentaria antofagastina en las que busca reconocer a las personas con padecimiento mental, a fin de resguardar los derechos fundamentales que toda persona posee. Para ello, la parlamentaria propone el establecimiento legal de una serie de derechos para terminar con las contradicciones de otros cuerpos legales y para asegurar la igualdad de trato y el acceso a la salud de personas con problemas de Salud Mental.
Bajo presupuesto
“Para todos es conocido que en el área de salud mental hay una tremenda falencia dentro del MINSAL, en donde no se dedican los suficientes recursos, y por lo tanto la cobertura en la atención y en su integralidad de salud mental es muy pobre, pero además de eso existen atropellos a muchos derechos que son parte de los derechos humanos de estos pacientes”, advirtió la diputada Hernando.
En este sentido, la médico cirujano explicó que un ejemplo de ello es hacer intervenciones quirúrgicas no consentidas en personas que se consideran que no son capaces de decidir por sí mismas, “o la esterilización involuntaria; la medicación y una serie de otras intervenciones. Por ello, la idea de legislar precisamente apunta al establecer una serie de derechos en pacientes que tienen alguna alteración mental”.
Prestaciones de salud y trato digno
El proyecto de ley de la diputada Hernando promueve el derecho a acceder y mantener el vínculo con el sistema educativo y el empleo, y a que las personas no sean excluidas por causa de su trastorno mental; así como a recibir atención integral e integrada y humanizada por el equipo médico y los servicios especializados en salud mental. También busca establecer el derecho a tener un proceso psicoterapéutico, con los tiempos y sesiones necesarias para asegurar un trato digno, que asegure el obtener resultados en términos de cambio, bienestar y calidad de vida.
En este sentido, Hernando plantea en la moción la necesidad de que las personas reciban un tratamiento personalizado en un ambiente apto, con resguardo de su intimidad, a la confidencialidad de la información relacionada con su proceso de atención, “respetar la intimidad de otros pacientes, como su vida privada, libertad de comunicación, siendo reconocido siempre como sujeto de derecho”, señala el texto.
Otros derechos
La congresista del Partido Radical indicó que el tener una Ley de Salud Mental, permitirá promover el derecho a un trato no discriminatorio y al consentimiento informado, en donde el paciente y su familia reciban información clara, oportuna, veraz y completa de las circunstancias relacionadas con su estado de salud, diagnóstico, tratamiento y pronóstico. “Incluyendo el propósito, método, duración probable y beneficios que se esperan, así como sus riesgos y las secuelas, de los hechos o situaciones causantes de su deterioro y de las circunstancias relacionadas con su seguridad social”, aclaró la legisladora.
SOBRE PROTECCIÓN DE LA SALUD MENTAL
Boletín N°10563-11
1) La salud mental en el
derecho comparado se define como un estado dinámico que se expresa en la vida
cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que
permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos
emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para
trabajar, para establecer relaciones significativas y para contribuir a la
comunidad.
2) En Chile, se consagra el
derecho a la integridad psíquica y a la protección de la salud, lo que se
condice con el derecho de toda persona al “disfrute del más alto nivel posible
de salud física y mental” consagrado en el Pacto de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, ratificado por nuestro Estado.
3) La OMS, reconoce tres formas
en que los países abordan la regulación de salud mental: en algunos se dispone
de una ley específica; en otros la regulación de salud mental se incorpora a la
legislación general de salud, trabajo, vivienda o legislación penal; y,
finalmente un tercer grupo de países combinan ambos extremos, integran
componentes de salud mental en diversas leyes a la vez que cuentan con una
legislación de salud mental específica.
4) En Chile, no existe una
legislación específica sobre salud mental, su regulación se encuentra dispersa
en diversas normas, entre ellas: Ley Nº 20.584 que regula los derechos y
deberes que tienen las personas en relación a las acciones vinculadas a su
atención de salud; Ley N° 20.422 que establece normas sobre igualdad de
oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad; Ley N° 20.422
que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de
personas con discapacidad y; Ley N° 18.600 sobre deficientes mentales.
5) Las legislaciones en
Latinoamérica están tendiendo a establecer catálogos de derechos básicos,
reconocidos en las relaciones del paciente con enfermedad mental y las
entidades de salud. En Chile, esto aún no se observa un desarrollo legal del
referido catálogo.
6) En relación a la
rehabilitación psicosocial de los pacientes de salud mental, es un proceso que
facilita la oportunidad a individuos –que están deteriorados, discapacitados o
afectados por el handicap –o desventaja– de un trastorno mental– para alcanzar
el máximo nivel de funcionamiento independiente en la comunidad. Implica a la
vez la mejoría de la competencia individual y la introducción de cambios en el
entorno para lograr una vida de la mejor calidad posible para la gente que ha
experimentado un trastorno psíquico, o que padece un deterioro de su capacidad
mental que produce cierto nivel de discapacidad. La Rehabilitación Psicosocial
apunta a proporcionar el nivel óptimo de funcionamiento de individuos y
sociedades, y la minimización de discapacidades, dishabilidades y handicap,
potenciando las elecciones individuales sobre cómo vivir satisfactoriamente en
la comunidad.
7) Pero si estos procedimientos
de rehabilitación no son contrapuestos con derechos fundamentales básicos de
los pacientes, podrían ser incluso más dañinos que favorables al producto
final. Sumando que en muchos de los tratamientos históricamente los pacientes
son tratados como objetos de experimentación, perdiendo la esencia de la
persona o perdiendo derechos de libertades ambulatorias sin sus consentimientos.
8) Es por esto que la Salud
Mental, debiese ser de interés y prioridad nacional siendo tema principal de
salud pública, y componente esencial del bienestar general y el mejoramiento de
la calidad de vida de las personas.
9) Según el Manual de Recursos
sobre Salud Mental, Derechos Humanos y Legislación (2006) de la Organización
Mundial de la Salud (OMS), los derechos
humanos constituyen una de las bases fundamentales para la legislación de salud
mental. Se reconocen como derechos y principios más relevantes: “la igualdad,
la prohibición de discriminación, el derecho a la privacidad y a la autonomía
personal, la prohibición de tratos inhumanos y degradantes, el principio del
ambiente menos restrictivo de la libertad
y los derechos a la información y a la participación”.
10) Según el Informe Universidad
Católica de 2014, “Avanzando al desarrollo de una propuesta de Ley de Salud
Mental en Chile: marco legislativo de promoción y protección de los grupos de
mayor vulnerabilidad y riesgo”, la legislación vigente sobre salud mental es
insuficiente tanto para abordar adecuadamente su problemática y desafíos, como
para brindar efectiva protección a los derechos de los pacientes.
11) En el mismo sentido, el Observatorio de
Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad Mental, ha sostenido que las
leyes existentes en la materia, incumplen los estándares internacionales
fijados por Naciones Unidas y por la Organización Mundial de Salud. Sus
conclusiones se citan en el Informe sobre “Sistema de Salud Mental de Chile”,
del Ministerio de Salud, 2014, elaborado por la Universidad de Chile.
12) Ejemplo de ello es que en
Chile, se permite someter al paciente a tratamientos invasivos e irreversibles,
como esterilización con fines contraceptivos o psicocirugía, previo informe
favorable del comité de ética del establecimiento, cuando al paciente no le es
posible manifestar su voluntad. Ello se contrapondría con el estándar de la
OMS, según el cual, si el paciente con discapacidad mental no puede otorgar su
consentimiento en estos casos, entonces el procedimiento no puede efectuarse
(Observatorio de Derechos Humanos).
13) La hospitalización no voluntaria se desarrolla
en normas reglamentarias, no establece límites de tiempo sino que entrega
discrecionalmente la decisión al médico tratante (Informe UC). El estándar de
la OMS indicaría que debe existir una autoridad independiente (judicial o cuasi
judicial) para supervisar las hospitalizaciones involuntarias y otras
restricciones de derechos, contando con una instancia de apelación
(Observatorio de Derechos Humanos).
14) Es por esto que el actual
proyecto de ley, pretende abordar un catálogo de derechos básicos de los
pacientes de Salud Mental, a fin de resguardar sus Derechos Fundamentales y
Esencia que toda persona posee.
PROYECTO DE LEY
El Estado, además de los Derechos consignados en la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros
instrumentos internacionales, Constitución Política, y la Ley sobre derechos y
deberes que tienen las personas en relación a las acciones vinculadas a su
atención de salud, reconoce a las personas con padecimiento mental los
siguientes derechos:
1. Derecho a recibir atención integral e integrada
y humanizada por el equipo humano y los servicios especializados en salud
mental.
2. Derecho a recibir información clara, oportuna,
veraz y completa de las circunstancias relacionadas con su estado de salud,
diagnóstico, tratamiento y pronóstico, incluyendo el propósito, método,
duración probable y beneficios que se esperan, así como sus riesgos y las
secuelas, de los hechos o situaciones causantes de su deterioro y de las
circunstancias relacionadas con su seguridad social.
3. Derecho a recibir la atención especializada e
interdisciplinaria y los tratamientos con la mejor evidencia científica de
acuerdo con los avances científicos en salud mental y ajustada a los principios
éticos.
4. Derecho a que las intervenciones sean las menos
restrictivas de las libertades individuales de acuerdo a la ley vigente, promoviendo
la integración familiar, laboral y comunitaria.
5. Derecho a tener un proceso psicoterapéutico, con
los tiempos y sesiones necesarias para asegurar un trato digno para obtener
resultados en términos de cambio, bienestar y calidad de vida.
6. Derecho a recibir psicoeducación a nivel
individual y familiar sobre su trastorno mental y las formas de autocuidado. Y
a ser acompañado antes, durante y luego del tratamiento por sus familiares,
otros afectos o a quien la persona con padecimiento mental designe.
7. Derecho a no ser identificado, discriminado o
estigmatizado, por su condición de persona sujeto de atención en salud mental
actual o pasada.
8. Derecho a acceder y mantener el vínculo con el
sistema educativo y el empleo, y no ser excluido por causa de su trastorno
mental.
9. Derecho a que el padecimiento mental no sea
considerado un estado inmodificable
10. Derecho a exigir que sea tenido en cuenta el
consentimiento informado para recibir el tratamiento.
11. Derecho a no ser sometido a ensayos clínicos ni
tratamientos experimentales sin su consentimiento fehaciente e informado.
12. Derecho a recibir un tratamiento personalizado
en un ambiente apto, con resguardo de su intimidad, a la confidencialidad de la
información relacionada con su proceso de atención, respetar la intimidad de
otros pacientes, como su vida privada, libertad de comunicación, siendo
reconocido siempre como sujeto de derecho.
13. Derecho al Reintegro a su familia y comunidad
14. Derecho a ser informado de manera adecuada y
comprensible de los derechos que lo asisten, y de todo lo inherente a su salud
y tratamiento, según las normas del consentimiento informado, incluyendo las
alternativas para su atención, que en el caso de no ser comprendidas por el
paciente se comunicarán a los familiares, tutores o representantes legales.
15. Derecho a no ser sometido a trabajos forzados
MARCELA HERNANDO PÉREZ
H.DIPUTADA DE LA REPÚBLICA
Establece normas de
reconocimiento y protección de los derechos fundamentales de las personas con
enfermedad o discapacidad mental
Boletín N°10755-11
La evidencia indica que las
enfermedades mentales poseen una alta prevalencia en Chile y el mundo. Su relevancia
es tal que la Organización Mundial de la Salud ha propiciado su incorporación
como un elemento transversal en el diseño de políticas de salud, señalando que
"no existe salud si no hay salud mental".
Diversas estimaciones muestran
que las patologías psiquiátricas representarán un 13% de la carga global de
enfermedad para el año 2030 y serán responsables de aproximadamente un tercio
del costo total de las enfermedades no transmisibles, unos US$15 trillones.
Chile no es una excepción.
Los problemas
de salud mental constituyen la principal
fuente de carga de enfermedad de nuestro país según el último estudio de Carga de Enfermedad y Carga Atribuible, que señala que un 23,2% de los años de vida perdidos
por discapacidad o muerte (AVISA) tienen origen en condiciones neuro-psiquiátricas[1]. Los trastornos psiquiátricos
constituyen la primera causa de incapacidad transitoria entre los beneficiarios
del sistema público, así como el 20,4% de los subsidios por incapacidad laboral
de los cotizantes de ISAPRE[2].
Mientras
la proporción de compatriotas que ha presentado síntomas depresivos casi
duplica la de los Estados Unidos, situándose sobre el 17%, se estima que más
del 3% de la población presenta trastornos psiquiátricos graves. Menos de la
mitad de ellos acceden a tratamiento[3].
Para hacerse cargo de esta situación
Chile ha llevado a cabo un conjunto de acciones. Entre otras destaca la
suscripción de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas
con Discapacidad, la promulgación de la Ley sobre Igualdad de Oportunidades e
Inclusión Social de Personas con Discapacidad y la Ley de Derechos y Deberes de
los Pacientes. Del mismo modo, nuestro país ha dado vida a Planes de Salud
Mental elaborados por el Ministerio de Salud que orientan la asignación de
recursos públicos a mejorar el bienestar y salud mental de la población (Véase
Primer y Segundo Plan Nacional de Salud Mental[4]).
Sin embargo, este conjunto de cuerpos
jurídicos e instrumentos programáticos resultan absolutamente insuficientes al
analizar la realidad de las políticas de salud mental en Chile. Desde una
perspectiva presupuestaria el déficit es evidente. Mientras el Plan de Salud
Mental propone destinar a este campo el 5% del total del presupuesto del
sector, el gasto total apenas alcanza al 2,1% de éste. Los aspectos preventivos
de una política de salud mental han sido evidentemente descuidados. La atención
en la comunidad o el medio han sido priorizados sin contar con la cobertura ni
el tratamiento para los problemas más complejos, en tanto se ha descuidado la
atención institucional y se han cerrado camas psiquiátricas. De un total de 80
Garantías Explícitas en Salud, ninguna de ellas incluye patologías mentales en
niños y niñas. Las políticas sectoriales de recursos humanos no han considerado
la capacitación adecuada en esta materia ni el apoyo que debe entregarse a
quienes se desempeñan con pacientes afectados por discapacidades mentales y sus
familias.
Sin perjuicio de la importancia que
reviste el que la autoridad aborde cada una de las cuestiones señaladas, este
proyecto de ley pretende hacerse cargo en particular de una variable crítica
para el desarrollo de una política de salud mental en Chile: la ausencia de
una legislación que proteja adecuadamente los derechos humanos de las personas
con enfermedad o discapacidad mental.
Chile es uno de los pocos países del
mundo que no dispone de una legislación específica en salud mental que proteja
los derechos de las personas con discapacidad o enfermedades mentales[5].
En Latinoamérica, ya hacia el año 2005, un 75% de los países contaban con
Legislación en Salud Mental para reconocer y proteger los derechos humanos
básicos de este colectivo calificado por la Organización Mundial de la Salud
como especialmente vulnerable[6].
Peor aún, la normativa vigente en Chile[7] desconoce estándares mínimos de protección de derechos
humanos establecidos por la Organización Mundial de la Salud y por Naciones
Unidas[8].
Ejemplo de ello es lo que ocurre con la inexistencia de mecanismos
independientes del sistema público de salud capaces de hacer cumplir la
legislación en aspectos tan cruciales como los tratamientos y hospitalizaciones
involuntarias. Tampoco existen mecanismos para que los usuarios dispongan de
asesoría legal y puedan presentar apelaciones sobre las medidas tomadas contra
su voluntad[9].
El derecho fundamental a la vida e integridad física y psíquica de las personas
es vulnerado mediante tratamientos invasivos e irreversibles -como la
esterilización con fines contraceptivos o psicocirugía- que es posible realizar
en nuestro país aun cuando el paciente no haya manifestado su voluntad. De
igual forma, el régimen de hospitalización involuntaria - tratado en normas
reglamentarias - no es capaz de proteger adecuadamente contra los abusos y la violación
del derecho a la libertad personal y seguridad individual de este grupo humano.
Ni la libertad personal, ni la
integridad física y psíquica de las personas con Discapacidad o Enfermedad
Mental está garantizada en Chile pues tenemos una legislación que regula
incorrectamente la internación involuntaria, permite el sometimiento a
tratamientos médicos invasivos e irreversibles sin consentimiento, desconoce el
derecho a la autonomía personal y la presunción de capacidad de este grupo
humano, así como su derecho a la no discriminación. Ello nos sitúa en una
posición de manifiesto incumplimiento de lo establecido en la Convención
Internacional para los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo
Facultativo (ratificado el 29 de julio de 2008) que pretende “…asegurar y
promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por
motivos de discapacidad”.Por ello,
podemos afirmar que “…la legislación que se encuentra vigente en
nuestro país está en clara contravención a los principios de la CDPD y sus
disposiciones concretas…”[10].
Este proyecto de ley busca corregir
esta situación y tiene sus orígenes en el trabajo iniciado con un conjunto de
investigadores de la Pontificia Universidad de Chile, en el marco del Programa
de Políticas Públicas de esa institución, el que se tradujo en el Informe
“Avanzando al desarrollo de una propuesta de Ley de Salud Mental en Chile:
marco legislativo de promoción y protección de los grupos de mayor
vulnerabilidad y riesgo[11]”. Dicha investigación motivó a su vez
la constitución del denominado Grupo de Tarea en Salud Mental, que con el
patrocinio del Colegio Médico de Chile A.G., el Centro de Extensión del Senado
y la Biblioteca del Congreso Nacional, desarrollara en Noviembre de 2015 en el
Salón de Honor del Senado en el ex Congreso Nacional de Santiago el Seminario
“Desafíos para la construcción de una Política de Salud Mental en Chile”, parte
de cuyas conclusiones son recogidas en este proyecto de ley.
Esta moción recoge además, al menos
parcialmente y en un ámbito tremendamente sensible, el llamado de la
Organización Mundial de la Salud en el sentido de contar con una legislación
sobre Salud Mental que “codifique y consolide los principios fundamentales, los
valores, los propósitos y los objetivos de las políticas y los programas de
Salud Mental”[12],
de modo de asegurar la protección de quienes, afectados por trastornos
mentales, viven en situación de vulnerabilidad enfrentando estigma, discriminación y marginalización, así como la
violación de sus derechos fundamentales. Por último, La moción profundiza
contenidos considerados en el proyecto Boletín 10563-11 sobre protección de la
Salud Mental de autoría de la Diputada Sra. Marcela Hernando junto a las
Diputadas Karol Cariola, Loreto Carvajal y Cristina Girardi, además de los
Diputados Marcos Espinosa, Iván Flores, Enrique Jaramillo, Fernando Meza,
Alberto Robles y Victor Torres.
En síntesis, este proyecto de ley busca
hacer posible la garantía judicial de los derechos humanos reconocidos en la Convención
sobre Derechos de las Personas con Discapacidad o Enfermedad Mental,
particularmente sus derechos a la libertad y seguridad, a la integridad física
y psíquica, a la protección contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos
o degradantes, así como su derecho al cuidado sanitario, siguiendo el camino
trazado por normativa internacional y comparada como la española, argentina,
mexicana y colombiana, entre otras.
PROYECTO DE LEY
DEL RECONOCIMIENTO Y
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL
O DISCAPACIDAD MENTAL
TITULO 1°
Disposiciones
generales
ARTÍCULO 1º.- Esta ley tiene por finalidad reconocer
y garantizar los derechos fundamentales de las personas con Enfermedad o
Discapacidad Mental, en especial, su derecho a la libertad personal, a la
integridad física y psíquica y su derecho a cuidado sanitario.
El pleno goce de los derechos humanos
de las personas con Enfermedad o Discapacidad Mental se garantiza en el marco
de los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes. En ese
contexto, se consideran parte integrante de la presente ley los Principios de
Naciones Unidas para la Protección de los Enfermos Mentales y para el
Mejoramiento de la Atención de Salud Mental,
adoptado por la Asamblea General
en su resolución 46/119 del 17 de diciembre de 1991. Asimismo, la Declaración
de Caracas de la Organización Panamericana de la Salud y de la Organización
Mundial de la Salud para la Reestructuración de la AtenciónPsiquiátrica dentro de los Sistemas Locales
de Salud, del 14 de noviembre de 1990, y los Principios de Brasilia Rectores
para el Desarrollo de la Atención en Salud Mental en las Américas del 9 de
noviembre de 1990. Todos estos instrumentos constituyen fuente de los derechos
fundamentales que a continuación se reconocen a todas las personas con
Enfermedad o Discapacidad Mental.
ARTÍCULO 2º.- Para los efectos de la presente ley se
entiende por Enfermedad Mental toda alteración de los procesos cognitivos y
afectivos estimados normales en relación con el grupo socio-cultural de la
persona. Puede manifestarse en trastornos del razonamiento, del comportamiento,
de la facultad de reconocer la realidad o de adaptarse a las condiciones de la
vida.
A su turno, se entiende por
Discapacidad Mental la limitación psíquica o de comportamiento que dificultan
la comprensión de los propios actos, implica dificultades para la ejecución de
acciones o tareas comunes y la participación del sujeto en situaciones vitales.
La Enfermedad y Discapacidad mental puede ser transitoria o permanente, lo que
será definido con criterios clínicos y supervisado, cuando lo requiera el
paciente o su representante legal, por la autoridad competente.
Para el diagnóstico de la Enfermedad o
Discapacidad mental debe tenerse presente que la salud mental está determinada
por factores culturales, históricos, socio-económicos
y biológicos que suponen una dinámica de construcción
social esencialmente evolutiva.
ARTÍCULO 3º.-En el marco de los Derechos consignados
en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y demás
normas relacionadas elaboradas por la Organización Mundial de la Salud, se
reconocen como derechos básicos de las personas con Enfermedad o Discapacidad
Mental el derecho a la igualdad y no discriminación, el derecho a la
participación, libertad y autonomía personal, la prohibición de tratos crueles,
inhumanos y degradantes y el principio del ambiente menos restrictivo de la
libertad personal.
ARTÍCULO 4º. Se presume que toda persona es capaz.
La discapacidad cognitiva por si sola no descalifica a la persona para dar
consentimiento informado. Como regla general, se debe considerar que todos los
adultos son competentes para dar consentimiento informado, independientemente
de su diagnóstico o condición,
a menos que haya evidencia de incapacidad mental severa que deteriore el juicio
y raciocinio calificada por los tribunales competentes.
No puede hacerse un diagnóstico de
salud mental en base exclusiva al grupo político, socioeconómico, cultural, racial o religioso de
pertenencia, así
como por su elección o identidad sexual. Tampoco será determinante el sólo
antecedente de previa hospitalización o tratamiento sicológico o psiquiátrico. La existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental
no autoriza a presumir riesgo de daño o incapacidad.
ARTÍCULO 5º.- El Estado promoverá la atención en
salud mental interdisciplinaria, con personal debidamente capacitado y
acreditado por la autoridad sanitaria competente. Se incluyen las áreas de psiquiatría, psicología,
trabajo social, enfermería y demás disciplinas pertinentes.
El proceso de atención debe realizarse
con preferencia en la atención primaria y fuera del ámbito de internación hospitalaria, con personal
interdisciplinario y encaminado al reforzamiento y desarrollo de los lazos
sociales, la inclusión y la participación del paciente en la vida social.
ARTÍCULO 6º.- Todo tipo de intervención médica se
rige por el principio del consentimiento informado, en los términos
establecidos en la Ley 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen
las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, de
modo que las personas con Enfermedad o Discapacidad Mental tienen derecho a
recibir toda la información diagnóstica
y terapéutica necesaria a través de los medios y tecnologías adecuadas para su
comprensión.
TITULO 2°
De los derechos fundamentales de las
personas con Enfermedad o Discapacidad Mental
ARTÍCULO 7º.- Todo aquel que viva con Enfermedad o
Discapacidad mental gozará de los derechos fundamentales que la Constitución
Política garantiza a todas las personas. En especial se les reconocen los
siguientes derechos:
a) A ser reconocido siempre como sujeto
de derecho y a que se respete su vida privada, libertad de comunicación y
libertad personal.
b) A no ser sometido a tratamientos
invasivos o irreversibles sin su consentimiento, a menos que a criterio del
equipo de salud mediare situación de riesgo grave e inminente para sí o para
terceros y su representante legal haya dado su autorización. Con todo, el
procedimiento de esterilización no podrá efectuarse sin consentimiento del paciente.
c) A ser informado de manera adecuada y
comprensible de los derechos que lo asisten, y de todo lo relacionado a su
condición de salud y tratamiento, según las reglas que rigen el consentimiento
informado. Los sujetos cognitivamente impedidos forman una población heterogénea de pacientes que pueden tener, en
grados variables, deterioradas sus capacidades para dar un consentimiento
informado válido de modo que, si existen dificultades de entendimiento, el
consentimiento lo darán los familiares, tutores o el representante legal y sólo
se considera válido el consentimiento entregado en estado de lucidez y con
comprensión de la situación.
d) A acceder siempre a su ficha y
antecedentes clínicos, personalmente, o por su representante o abogado. No se
podrá negar nunca este derecho al paciente.
e) A que un juez autorice y supervise,
periódicamente, las condiciones de una internación involuntaria o voluntaria prolongada,
así como a contar con una instancia
judicial de apelación. Si en el transcurso de la internación voluntaria el
estado de lucidez bajo el que se dio el consentimiento se pierde, se procederá
como si se tratase de una internación involuntaria.
f) A recibir atención sanitaria
integral y humanizada a partir del acceso igualitario y equitativo a las
prestaciones necesarias para asegurar la recuperación y preservación de la
salud. A recibir una atención ajustada a principios éticos.
g) A recibir tratamiento y a ser
tratado con la alternativa terapéutica más
conveniente y que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la
integración familiar, laboral y comunitaria.
h) A ser acompañado antes, durante y después del
tratamiento por sus familiares o por quien el paciente mental designe.
i) A no ser objeto de investigaciones
clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente dado
personalmente o por su representante legal, previa autorización del Comité de Ética correspondiente. Siguiendo
los lineamientos dados por la Declaración de Helsinki, las personas con
ausencia de capacidad para dar consentimiento sólo pueden ser incluidas en
proyectos que investiguen opciones terapéuticas para su enfermedad o condición
y siempre que su representante legal lo autorice y el Comité de Ética evalúe positivamente la relación
“riesgo-beneficio” de modo que haya expectativas razonables de beneficio
directo con un nivel de riesgo minimizado y aceptable.
j)
A que su padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable.
k)
A ser remunerado por su participación en actividades realizadas en el
marco de la labor-terapia o trabajos comunitarios que impliquen producción de objetos, obras o servicios que
sean comercializados.
ARTÍCULO 8º. La
prescripción de medicación
sólo debe responder a
las necesidades fundamentales
de la persona con
padecimiento mental y
se administrará exclusivamente con
fines terapéuticos
y nunca como castigo,
por conveniencia de
terceros, o para
suplir la necesidad de
acompañamiento terapéutico o cuidados especiales. La indicación y renovación de prescripción de
medicamentos sólo puede realizarse a partir de las evaluaciones profesionales
pertinentes y nunca de forma automática.
TITULO 3°
De la naturaleza y requisitos de la
internación
ARTÍCULO 9º. La internación es un procedimiento
terapéutico que restringe el derecho a la libertad personal y que sólo se
justifica si garantiza un mayor aporte y beneficios terapéuticos que el resto
de las intervenciones posibles dentro del entorno familiar, comunitario o
social del paciente. Se promoverá el mantenimiento de vínculos y comunicación
de los pacientes internados con sus familiares y su entorno laboral y social.
ARTÍCULO 10º. La internación, en tanto medida
excepcional, debe ser especialmente breve y fundarse en criterios terapéuticos
con mirada interdisciplinar. De ningún modo el recurso de la internación podrá
indicarse para dar solución a problemas sociales o de vivienda.
ARTÍCULO 11º. La internación involuntaria afecta el
derecho a la libertad personal de las personas con Enfermedad o Discapacidad
Mental, de modo que deberá siempre ser autorizada y revisada por el juez de la
Corte de Apelaciones respectiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21
de la Constitución.
La internación involuntaria sólo procederá cuando no sea posible un
tratamiento ambulatorio y exista una situación real de riesgo cierto e inminente
para el paciente o para terceros. Para que el juez pueda autorizar la
internación involuntaria es necesario que:
a) Exista un dictamen profesional del
servicio asistencial que recomiende la internación, con la firma de dos
profesionales de diferentes disciplinas, uno de los cuales deberá ser psicólogo o médico
psiquiatra. Los profesionales no podrán tener relación de parentesco, amistad o
vínculos económicos con el paciente.
b) Ausencia de otra alternativa eficaz
para el tratamiento del paciente o la protección de terceros;
c) Informe acerca de las instancias
previas implementadas, si las hubiera.El juez deberá notificar su resolución a
la Secretaría Regional Ministerial de Salud y a la Comisión Nacional y Regional
de Protección de los Derechos de las Personas con Enfermedad Mental a la que se
refiere la Ley 20548.
ARTÍCULO
12°.- En el caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios sólo podrá
realizarse una internación involuntaria si a criterio del equipo de salud
mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.
La
internación involuntaria debidamente fundada debe notificarse obligatoriamente
en un plazo de DOCE (12) horas al juez competente y al órgano de revisión
dejándose constancia del cumplimiento de las garantías establecidas en el
artículo 11.
Una
vez notificado, en un plazo de TRES (3) días, el juez deberá:
a)
Autorizar la internación si considera que están dadas las causales previstas en
esta ley;
b)
Requerir informes ampliatorios de los profesionales tratantes o indicar
peritajes externos, siempre que no perjudiquen la evolución del tratamiento;
c)
Denegar la internación en caso de evaluar que no existenlos supuestos
necesarios para dicha medida, en cuyo caso debe asegurar la externación de
forma inmediata.
ARTÍCULO 13º. La persona internada involuntariamente
o su representante legal tienen siempre el derecho a nombrar un abogado. Si el
paciente o su representante legal no lo hubieran hecho, el Estado deberá
proporcionarles uno desde el momento de la internación. El paciente o su
abogado podrán oponerse a la internación y solicitar al juez la externación en
cualquier momento.
El paciente tendrá siempre derecho a
ejercer sus derechos jurisdiccionales para lo cual el juez deberá garantizar un
proceso contradictorio de ser necesario, de acuerdo al procedimiento
establecido en el Auto acordado de Recurso de Protección.
El juez deberá denegar la internación involuntaria si evalúa que no existen los supuestos
necesarios para la medida, en cuyo caso deberá asegurar la externación de forma
inmediata.
ARTÍCULO 14º. La persona internada bajo su
consentimiento podrá en cualquier momento decidir por sí misma el término de la
internación. Cuando la internación voluntaria se prolongue por más de 60 días, la Comisión Nacional de protección
de los derechos de las personas con enfermedades mentales, y el equipo de salud
a cargo, deberá comunicarlo al juez para que éste evalúe, en un plazo no mayor de cinco días
desde la toma de conocimiento, si la internación sigue teniendo carácter
voluntario o si ha de considerarse involuntaria. En este último caso, será necesario que se cumpla con los
requisitos y garantías establecidos en el artículo 11.
ARTÍCULO 15º.
El alta o permisos de salida son facultad del equipo de salud que no
requiere autorización del juez. El equipo de salud o la Comisión Nacional de
protección de los derechos de las personas con enfermedades mentales, deberán
externar a la persona o transformar la internación en voluntaria apenas cese la
situación de riesgo cierto e inminente para el paciente o terceros. Dicha
situación deberá informarse a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y a
la Comisión Nacional de Protección de los Derechos de las Personas con
Enfermedad Mental.
ARTÍCULO 16º. Habiéndose autorizado la internación
involuntaria, el juez habrá de solicitar informes con un lapso no mayor a 30
días, a fin de reevaluar si perduran los motivos que dieron origen a la medida,
pudiendo en cualquier momento disponer su inmediata externación.
Transcurridos 90 días desde el inicio
de la internación involuntaria, y luego del tercer informe, el juez deberá
pedir a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y a la Comisión Regional de Protección de los Derechos de las Personas con
Enfermedad Mental que designe un equipo interdisciplinario que no haya
intervenido hasta el momento, y en lo posible independiente del servicio
asistencial interviniente, a fin de obtener una nueva evaluación. En caso de diferencia de criterio,
se optará siempre por la que
menos restrinja la libertad personal del paciente.
ARTÍCULO 17º. Con el fin de garantizar los derechos
humanos de las personas con Enfermedad o Discapacidad Mental, los integrantes,
profesionales y no profesionales del equipo de salud son responsables de
informar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud y a la Comisión Regional de Protección de los Derechos de las Personas con
Enfermedad Mental sobre cualquier sospecha de irregularidad que implicara un
trato indigno o inhumano a personas bajo tratamiento o limitación indebida de
su autonomía. El funcionario podrá actuar bajo reserva de identidad, sin miedo
a represalias y sin que se considere que ha incurrido en violación del secreto
profesional. La sola comunicación a un superior jerárquico dentro de la institución no relevará al equipo de salud de tal
responsabilidad si la situación irregular persistiera.
ARTÍCULO 18º.El tratamiento de los Pacientes con
Trastornos Mentales o Discapacidad Mental se realizará con apego a Estándares
de Atención que garanticen:
1. Un número adecuado de profesionales
requeridos para tratamientos en la salud primaria y en los hospitales, de
acuerdo a estándares internacionales;
2. La certificación de las competencias
de los profesionales a cargo de la Salud Mental, así como la revalidación de
dichas competencias;
3. La evaluación de la calidad y
pertinencia de los centros formadores de profesionales, en relación con las
competencias profesionales requeridas para tratar debidamente a los pacientes
con trastornos mentales.
4. Que se proporcione a los pacientes
con trastornos o discapacidad mental un tratamiento en base a la mejor
evidencia científica disponible, a criterios de costo-efectividad y con un
abordaje biopsicosocial.
5. Que las instalaciones de atención
ambulatoria y hospitalaria cumplan con los requerimientos internacionales.
6.
La incorporación
de familiares que puedan dar asistencia especial y/o participen del tratamiento
si ello es requerido por sus médicos tratantes, especialmente en el caso de los
pacientes mentales menores de edad.
SERGIO
ESPEJO YAKSIC
H.
DIPUTADO DE LA REPÚBLICA
[1] 2ª Encuesta Nacional de Salud Chile,
MINSAL-PUC, 2010.
[2]Miranda, Gonzalo con Alvarado, Sergio &Kaufman,
Jay “Duración de las licencias médicas FONASA por transtornos mentales y del
comportamiento”. RevistaMédica
de Chile, 2012.
[3] Vicente B et al. “Lifetime and 12-Month Prevalence of
DSM-III-R Disorders” in the Chile Psychiatric Prevalence Study. The American
Journal of Psyquiatry, 2006.
[5] Mental Health Atlas (2005). Existencia
de Ley de Salud Mental en las Regiones de la OMS. WHO Press, Geneva.
[6] World Health Organization (2010).
Mental health and development: Targeting people with mental health conditions
as a vulnerable group. WHO
Press, Geneva.
[7]
Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en
relación a las acciones vinculadas a su atención de salud; Ley N° 20.422 que
establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas
con discapacidad y Ley N° 18.600 sobre deficientes mentales.
[8]
Informe sobre “Sistema de Salud Mental de Chile” del Ministerio de Salud, 2014.
[9]
Informe WHO-AIMS sobre Sistema de Salud Mental en Chile, OMS y Ministerio de Salud,
Santiago, Chile, 2006.
[10]
Observatorio de Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad Mental
(2014). Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad Mental: Diagnóstico
de la Situación en Chile. Santiago, Chile. Disponible en http://www.observatoriodiscapacidadmental.cl/
[11]
González, Calderón, Valdivia, Jeria, Repetto y Vivanco. “Propuestas para Chile
2014”, Capítulo III, 2014, Centro de Políticas Públicas Pontificia Universidad
Católica de Chile.
[12]
Programa de Acción para Superar las Brechas en Salud Mental, OMS 2008.
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